Derechos y obligaciones del viajero
Los diferentes tipos de billetes, así como las tarjetas multiviaje, son los títulos de transporte que habilitan para la utilización del servicio.
Los billetes y tarjetas multiviaje tienen el carácter de títulos al portador, por lo que deberán ser utilizados por la persona autorizada. El personal de Avanza podrá solicitar la presentación del DNI o documento equivalente para verificar su validez.
El viajero deberá conservar su título de transporte durante todo el trayecto, en buen estado y legible, a disposición de cualquier empleado de Avanza. Aquellos usuarios que viajen sin el correspondiente título de transporte o con un título no válido deberán abonar el importe del billete máximo de la línea en la que viajen, sin perjuicio de las sanciones que puedan resultar de aplicación conforme a la normativa vigente.
En el supuesto de que el billete adquirido estuviera acogido a algún tipo de descuento, el viajero deberá acreditar su derecho mediante documento original o copia fehaciente, tanto en el momento de la compra como durante el viaje.
Para agilizar el acceso al autobús, se recomienda llevar preparado con antelación el título de transporte correspondiente o el importe exacto del billete. El conductor no tiene obligación de disponer de cambio superior a 10 € en los servicios urbanos y de cercanías ni de 20 € en los servicios de largo recorrido.
Los niños menores de cuatro años deberán abonar el 50% del precio de tarifa del billete, sin que este sea inferior al mínimo de percepción, salvo que el organismo público competente establezca otra cosa.
Los viajeros deberán subir y bajar del autobús en las paradas establecidas para tal efecto. En aquellas paradas en las que operen varias líneas, deberán indicar su intención de subir levantando el brazo con suficiente antelación.
Con carácter general, los viajeros deberán subir al autobús por la puerta delantera y descender por la puerta central o trasera, salvo indicación distinta del conductor o circunstancias excepcionales. En estaciones de autobuses y en el transporte escolar, el acceso y descenso se realizará siempre por la puerta delantera.
Se permite la entrada por la puerta central o trasera, avisando previamente al conductor, a las personas usuarias de silla de ruedas, a quienes viajen con carritos infantiles y a sus acompañantes. Posteriormente, deberán acercarse al conductor para realizar el pago o la validación del título de transporte, cuando corresponda.
La parada deberá solicitarse con suficiente antelación. El descenso se efectuará por la puerta central o trasera, salvo que el conductor indique otra cosa.
Los menores de cuatro años podrán viajar en sillas o carritos desplegados en aquellos autobuses diseñados para permitir el transporte de viajeros de pie y que dispongan de zonas habilitadas para sillas de ruedas, siempre que estas no estén ocupadas ni deban ser utilizadas por personas con movilidad reducida, que tendrán prioridad. En los servicios de cercanías, los carritos podrán ir plegados en la bodega o desplegados en el espacio reservado para personas en silla de ruedas. En ese caso, deberán colocarse en sentido contrario a la marcha, con las ruedas bloqueadas y el cinturón de seguridad abrochado. En los servicios de largo recorrido, los carritos de bebé deberán ir siempre plegados en la bodega.
Deberán respetarse los asientos prioritarios para personas con movilidad reducida, embarazadas y personas de edad avanzada, debidamente señalizados.
Solo se admitirán sillas de ruedas y scooters para personas con movilidad reducida que cumplan la normativa aplicable, en especial la UNE-EN 12184, y que no superen unas dimensiones máximas de 1.300 x 700 mm ni un peso máximo conjunto de 300 kg entre la persona usuaria y la silla o scooter.
Queda prohibida cualquier conducta que altere el correcto funcionamiento del servicio o afecte a la seguridad, comodidad o convivencia dentro del vehículo. En particular, no está permitido subir o bajar del autobús en marcha, hablar o distraer al conductor mientras el vehículo esté circulando, acceder en estado de embriaguez, comer, beber, fumar, vapear, consumir sustancias tóxicas o estupefacientes, arrojar objetos por las ventanillas o dentro del vehículo, portar sustancias tóxicas o peligrosas, ni acceder al autobús sin las debidas normas de decoro, salubridad e higiene.
No está permitido viajar con animales vivos, salvo en los casos expresamente autorizados. Los animales domésticos podrán viajar únicamente en aquellos servicios que dispongan de bodega, dentro de jaulas, cestas o transportines adecuados para este uso, proporcionados por el viajero, y con fondo impermeable que contenga los residuos. Está permitido el acceso de perros de asistencia debidamente identificados, de acuerdo con la legislación vigente.
En los servicios de largo recorrido, las bicicletas deberán transportarse en la bodega, convenientemente embaladas y con la rueda delantera desmontada. En los servicios de cercanías que dispongan de bodega, podrán transportarse sin embalar en el interior de esta. En los vehículos sin bodega, únicamente se permitirá el transporte de bicicletas plegables, siempre que estén plegadas, se sitúen en las plataformas centrales, no obstaculicen el tránsito de viajeros, no supongan molestias a otros usuarios y la ocupación del autobús lo permita. No está permitido acceder al autobús con patinetes eléctricos ni transportarlos en vehículos con bodega.
Por motivos de seguridad, los objetos de grandes dimensiones deberán transportarse en las bodegas de los vehículos que dispongan de ellas.
El viajero tiene derecho a ser tratado correctamente por el personal de Avanza y a recibir la ayuda e información que solicite en relación con el servicio.
Los objetos perdidos hallados en los autobuses serán entregados en las oficinas de Avanza, donde se custodiarán durante un mes. Transcurrido ese plazo, se entenderá que sus propietarios no están interesados en recuperarlos y Avanza podrá disponer de ellos. Para retirarlos, será necesario acreditar suficientemente su pertenencia.
Existirán hojas de reclamaciones a bordo de los vehículos y en las taquillas, a disposición de quien las solicite.
Cualquier infracción de estas normas podrá acarrear la pérdida de los derechos que otorga el título de transporte, incluido, en su caso, el reintegro de su importe, además de las consecuencias previstas en la normativa aplicable.
